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AFIP Elimina Retenciones para Comercios en Ventas Electrónicas

A partir del 1 de septiembre, los comercios que operen con tarjetas de crédito y débito no sufrirán retenciones de IVA ni Ganancias

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Las ventas de comercios dejarán de pagar retenciones a cuenta de IVA y Ganancias

El Gobierno nacional oficializó la eliminación de las retenciones a cuenta de los impuestos en las ventas de comercios, una medida que entrará en vigencia el próximo 1 de septiembre. La Resolución General 5554/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), establece la eliminación de los regímenes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias para los pagos electrónicos.

A partir de esta fecha, los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren a través de tarjetas de crédito, débito, compra o pago, no serán sujetos a retenciones por parte de las administradoras de tarjetas y demás entidades. Esta decisión representa un importante alivio financiero para el sector privado formal, que podrá operar sin la carga de detracciones tributarias nacionales.

El Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, encomendó a la AFIP la reglamentación de esta disposición como parte de un paquete fiscal más amplio, con el objetivo de evitar obstáculos en las operaciones realizadas a través de medios de pago electrónicos. La iniciativa busca promover la formalización de transacciones, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos asociados a estos sistemas de pago.

En un gesto hacia la colaboración federal, el Ministerio invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a seguir el ejemplo y eliminar los regímenes de retención de tributos locales sobre los pagos efectuados a través de estos medios.

Florencia Misrahi, titular de la AFIP, subrayó el impacto positivo de la medida en la economía formal, al eliminar las retenciones impositivas nacionales sobre las transacciones. Según Misrahi, la iniciativa cumple con uno de los objetivos prioritarios del Estado Nacional: recuperar los niveles de actividad económica, combatir la evasión y fomentar el uso de medios de pago más transparentes.

El beneficio, que inicialmente estaba destinado solo a pequeños contribuyentes, se ha ampliado para incluir a todos los contribuyentes, gracias a la extensión dispuesta por el Ministerio de Economía en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.